Agencias Privadas de Colocación
En teoría, las agencias privadas de colocación no pueden funcionar sin estar registradas como tales.
Desde hace muchos años existen agencias que sin autorización y sin más instrumentos que un teléfono y una oficina abierta al público, intermedian ofreciendo:
- trabajadoras filipinas serviciales que no plantean problema con las libranzas.
- peruanas leales, humildes y con vocación de servicio, o
- españolas de tal forma que usted no se expone a probar con empleadas de otros países…
¿Alguien se imagina una agencia privada de colocación no autorizada, que apareciese así en internet ofreciendo electricistas, albañiles, trabajadores del metal…?
¿Cuántas horas duraría funcionando sin recibir una denuncia enérgica de todos los sindicatos y una sanción fulminante de la autoridad laboral?
Las agencias cobran a la parte empleadora una cantidad, que puede ser equivalente a un mes del salario de la trabajadora o una cantidad fija, dependiendo de la jornada que se haya contratado: interna, externa o por horas.
Para evitar que se les persiga por funcionar como agencia de colocación, dicen ser agencias de selección de personal. Esto se traduce en que piden informes a los anteriores empleadores, con lo que la agencia no colocará a una trabajadora que haya exigido sus derechos al terminar el anterior contrato (indemnización por despido, una liquidación correcta…).
Además precarizan el empleo doméstico:
- Ofreciendo una garantía (de tres meses a un año) de que en el caso de que la parte empleadora no esté satisfecha, se le enviará inmediatamente otra trabajadora.
- Intermedian en condiciones que no respetan la ley con respecto a la jornada de trabajo, los descansos semanales y las obligaciones de Seguridad Social.
- Como en general cobran más por intermediar en el trabajo interno, lo promueven animando a sus clientes a contratar internas.
- Se les está permitiendo seleccionar por razón de origen nacional: filipinas, peruanas, nacionales.