Dedica

25/04/2.005
Denuncia ante Inspección de Trabajo a nombre de Pilar Gil, representante de la “Asociación de Trabajadoras de Hogar de Bizkaia”, por:

  • No estar autorizada como agencia de colocación por el INEM.
  • Apropiación indebida de cuotas de la Seguridad Social.
  • Cláusula penal en el contrato que exige que la trabajadora deberá compensar con 3.000 euros a la agencia caso de rescisión del contrato y prestación de servicios en los 12 meses siguientes para los mismos empleadores.

Ver Denuncia >>

02/02/2.005
Contrato de arrendamiento de servicios formalizado por la agencia.

Ver Contrato >>

30/11/2.005
Acta sancionadora de la Inspección de Trabajo por:

  • Ejercer actividades de intermediación laboral careciendo de autorización administrativa.
  • Existencia de ánimo de lucro, ya que exige honorarios a las trabajadoras con el compromiso de buscarles empleador.
  • Infringir lo dispuesto en la Ley de Prevención de riesgos laborales.

Ver Acta Sancionadora >>

16/01/2.006
Denuncia ante Inspección de Trabajo a nombre de Pilar Gil por continuar la agencia con su actividad, a pesar de la iniciación de expediente sancionador.

08/02/2.006
Denuncia ante Inspección de Trabajo a nombre de Dª. C. G. M. por:

  • Intermediar en una contratación por la que pretendía cobrar a la empleadora 660 euros mensuales y pagar a la trabajadora 350 euros al mes.
  • Contener el contrato la cláusula de indemnización de 3.000 euros.

Ver Denuncia >>

05/04/2.006
Solicitud de entrevista con el Consejero de Empleo de Gobierno Vasco, Joseba Azkarraga.

31/05/2.006
Solicitud de entrevista con el Director General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

14/06/2.006
Contrato de arrendamientos de servicios entre la agencia y el denunciante D. J.V.L.

15/06/2.006
Documento por el que Dedica reconoce a D. J.V.l. que el importe de los servicios solicitados asciende a 975,20 euros al mes.

19/06/2.006
Denuncia ante Inspección de Trabajo a nombre de D. J.V.L. por:

  • Detraer mensualmente del salario de la trabajadora la cantidad de 229,87 euros, por su labor de intermediación.
  • Contener el contrato la cláusula de indemnización de 3.000 euros.

Ver Denuncia >>

20/06/2.006
Denuncias interpuestas por Pilar Gil ante el Jefe de Inspección de Bizkaia el Departamento de Trabajo del Gobierno Vasco y el Ararteko a fin de denunciar la no adopción de medidas que impidiesen a la agencia continuar con su actividad.

26/06/2.006
Contrato de trabajo entre D. J.V. L. y la trabajadora de hogar en el cual intermedia la agencia.

21/08/2.006
Contestación de la Inspección de Trabajo a la denuncia interpuesta por Dª. C.G.M. por la que:

  • Se verifica que la agencia continúa con su actividad de intermediación en el mercado de trabajo sin la preceptiva autorización.
  • Se constatan modificaciones en la forma de proceder de la agencia que afectan sólo a la forma en que desarrollan su actividad.
  • Se le ofrece el plazo de un mes para intentar regularizar su situación.
  • A fecha 01/08/2.006 se notifica por la agencia el cese definitivo de actividad.

Ver Contestación de la Inspección de Trabajo >>